25 de noviembre 2009
Aparcamiento gratuito en los centros comerciales SP - Nueva Ley
Publicado por: Marcelo Galvani En: general
La Ley N º 13819 DE 23 de noviembre 2009
(Proyecto de Ley No. 1286 de 2007, el Sr. Rogerio Nogueira - PDT)
Provee para la recogida de aparcamiento de pago para "centro comercial".
EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA:
Sé que la Asamblea Legislativa decreta y yo promulgar, de conformidad con el artículo 28, § 8, de la Constitución Política del Estado, la siguiente ley:
Artículo 1 - están exentos de pagar tasas por el uso de estacionamiento, anunciado como "Centros Comerciales" instalados en el Estado de São Paulo, los clientes que acrediten los gastos de al menos 10 (diez) veces el importe de esa tasa.
§ 1 º - La gratuidad se refiere el "título", sólo será efectiva tras la presentación de las facturas que acrediten los gastos realizados en el establecimiento.
§ 2 º - Las facturas deben necesariamente la fecha desde el mismo día que el cliente no exigir una propina.
Artículo 2 - La permanencia del vehículo de hasta veinte (20) minutos en el estacionamiento de los establecimientos mencionados en el artículo 1 debería ser libre.
Artículo 3 - El beneficio de esta ley sólo puede ser percibida por el cliente a permanecer por un máximo de seis (6) horas en el interior del "mall".
§ 1 º - El tiempo de permanencia del cliente en el establecimiento deberá ponerse de manifiesto mediante la emisión de un documento a partir de su entrada en el estacionamiento.
§ 2 º - Si el cliente excede el tiempo asignado para la concesión de la gratuidad, obligará a la lista de precios de coches normalmente utilizado por el establecimiento.
Artículo 4 - Ellos son el "centro comercial" la obligación de divulgar el contenido de esta ley mediante la colocación de carteles en sus locales.
Artículo 5 - La presente Ley entrará en vigor en la fecha de su publicación.
Asamblea Legislativa del Estado de São Paulo, al 23 de noviembre de 2009.
a) Munhoz Barros - Presidente
Publicado en la Secretaría de la Asamblea Legislativa del Estado de São Paulo, al 23 de noviembre de 2009.
a) Marcelo Souza Serpa - Secretario General del Parlamento
Fuente:
http://www.al.sp.gov.br/repositorio/legislacao/lei/2009/lei 20n.13.819%,% 20y% 2023.11.2009.htm
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